EL TRIBUNAL ACOGIÓ UN RECURSO DE AMPARO PREVENTIVO PRESENTADO POR VARIAS ENTIDADES.
Los jueces de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
(TSA) ordenaron hoy al director general de Aduanas abstenerse de aplicar
el cobro de un impuesto a las compras por Internet por debajo de los
200 dólares.
El tribunal, presidido por Federico Fernández e integrado por Rafael
Ciprián y Mildred Hernández, adoptó la decisión tras acoger un recurso
de amparo preventivo presentado por la Fundación Justicia y
Transparencia, Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y
Usuarios, la Cámara Dominicana de Comercio Electrónico y la Asociación
Dominicana de Empresas Courier (ASODEC).
Asimismo el tribunal rechazó otro medio de inadmisión planteado por el
director general de Aduanas, Fernando Fernández y los intervinientes
voluntarios que fueron la Organización Nacional de Empresas
Comerciales; la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo; la
Asociación Nacional de Importadores, la Unión Nacional de Empresarios,
Asociación Nacional de Industriales Textiles, Asociación de Comerciantes
de la Avenida Duarte entre otras.
El tribunal alega que se han vulnerado los derechos relativos al debido
proceso administrativo que implica la sujeción de la administración
pública al ordenamiento jurídico nacional que debe fundamentarse en el
respeto irrestricto a la legalidad.
En el dispositivo del a sentencia, dada por leída y entregada a las
partes por la secretaría del tribunal, los jueces ordenaron al director
de Aduanas abstenerse de ejecutar el aviso publicado en un periódico de
circulación nacional donde se comunica a todo el sector del despacho
expreso de envío que opera al amparo del decreto número 402-5, de fecha
26 de julio del 2005, que aprueba el reglamento para ejercer esta
actividad en la República Dominicana, que la mercancía importada bajo la
modalidad establecida en la categoría B definida en el artículo 4 del
mismo deben pagar los derechos e impuestos aduaneros que corresponden a
partir del 15 de agosto del año en curso.
El tribunal en su sentencia también rechazó la solicitud del pago de un astreinte a favor de los accionantes.
fuente: listin diario
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